Derechos humanos y laborales

Tipo de empresa al que afecta
  • Todas las empresas (Entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles públicas, empresas privadas, personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, así como a las fundaciones que contribuyan a la creación de una sociedad más inclusiva)
Grupo de interés al que afecta
  • Personas empleadas
  • Consumidores/as
  • Sociedad civil
Ambito de la normativa
  • Nacional

Fecha de entrada en vigor

16 de agosto de 2022

Objetivo de la normativa

El Real Decreto 636/2022, de 26 de julio, por el que se regula el sello de inclusión social, crea un distintivo que reconoce a las empresas que promuevan la inclusión de los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV). El Sello Social se concibe como una iniciativa de innovación en el ámbito de la colaboración público-privada y la responsabilidad social corporativa, y distinguirá a aquellas empresas y entidades que contribuyan al tránsito de las personas beneficiarias del IMV desde una situación de riesgo de pobreza y exclusión hacia la inclusión y la participación activa en la sociedad. En este sentido, el Sello se concederá a las entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles públicas, empresas privadas, trabajadores por cuenta propia o autónomos, así como a las fundaciones que contribuyan a la creación de una sociedad más inclusiva.

Resumen de obligaciones para empresas

Para optar al Sello de Inclusión Social las empresas tendrán que cumplir unos requisitos, entre ellos los de desarrollar medidas de inclusión social, encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, no haber sido sancionadas, no causar perjuicio al medio ambiente o disponer de un plan de igualdad.   

Este reconocimiento se podrá solicitar y obtener bajo diferentes tipologías: 

  • Sello de Inclusión Social-Acceso a bienes y servicios, que reconoce iniciativas dirigidas a facilitar el acceso a bienes y servicios básicos a las personas beneficiarias del ingreso mínimo vital.
  • Sello de Inclusión Social-Apoyo a la infancia y la adolescencia, que reconoce iniciativas que mejoren las oportunidades de los niños, niñas y adolescentes beneficiarios del ingreso mínimo vital, por ejemplo, permitiéndoles crecer en entornos seguros o aumentando las capacidades de la comunidad educativa.
  • Sello de Inclusión Social-Inserción sociolaboral, que reconoce actuaciones dirigidas a facilitar el acceso al mercado laboral de las personas beneficiarias del ingreso mínimo vital.
  • Sello de Inclusión Social-Digitalización, que reconoce actuaciones dirigidas al acceso y uso de las tecnologías digitales y a la mejora de las competencias digitales de los beneficiarios del ingreso mínimo vital.
  • Sello de Inclusión Social-Otros, que reconoce actuaciones ligadas a la inclusión social de las personas beneficiarias del ingreso mínimo vital y que no se encuentren en las categorías anteriores; entre otras, actuaciones destinadas a la mejora de las habilidades personales y sociales, la reducción de la pobreza energética y la educación financiera.

Las actuaciones desarrolladas deberán integrar el principio de igualdad de género entre mujeres y hombres, la igualdad de oportunidades para todas las personas, sin discriminación por motivos de sexo, origen racial o étnico, religión o credo, discapacidad, edad, orientación sexual o identidad de género; y el principio de desarrollo sostenible.

El sello tendrá una vigencia de tres años desde la resolución de la concesión transcurridos los cuales, si se quiere seguir manteniendo, se tendrá que volver a solicitar.

Documentos de la ley

Real Decreto 636/2022, de 26 de julio, por el que se regula el Sello de Inclusión Social