Principio 5
«Las empresas deben apoyar la erradicación del trabajo infantil»
El trabajo infantil es una forma de explotación que vulnera los derechos humanos fundamentales y está reconocido como tal por los principales organismos internacionales. A menudo es consecuencia de factores como la pobreza y el desarrollo insuficiente, y puede encontrarse tanto en la economía formal como en la informal, siendo en esta última donde se presentan las formas más extremas de explotación infantil.

El Convenio nº 182 de la OIT, complementario del Convenio nº 138, insta a los gobiernos a priorizar la eliminación de las peores formas de trabajo infantil en todos los casos que afecten a niñas y niños menores de 18 años. Estas incluyen:
- Todas las formas de esclavitud, como el tráfico de menores, la servidumbre por deudas, el trabajo forzoso y obligatorio, así como la utilización de menores en conflictos armados.
- El uso, reclutamiento u oferta de niños y niñas para la prostitución, la producción de pornografía o actividades pornográficas.
- El empleo de menores en actividades ilícitas, como la producción y el tráfico de drogas.
- Cualquier trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en las que se realiza, pueda perjudicar la salud, la seguridad o la moralidad del menor.
Si bien el término «niño o niña» se refiere a toda persona menor de 18 años, no todos los trabajos desempeñados por menores de esa edad se consideran trabajo infantil. Las normas internacionales distinguen entre formas de trabajo aceptables e inaceptables, en función de la edad y del nivel de desarrollo del menor.
Los convenios de la OIT ofrecen el marco normativo para que la legislación nacional establezca una edad mínima de admisión al empleo, la cual no debe ser inferior a la edad para finalizar la educación obligatoria, y en ningún caso menor de 15 años. Se permiten edades más bajas de forma temporal en países donde los sistemas educativos y económicos aún están en desarrollo. En esos casos, la edad mínima puede ser de 14 años para el trabajo regular y de 12 para trabajos considerados livianos. Para trabajos peligrosos, la edad mínima es de 18 años en todos los países.
¿Qué pueden hacer las empresas?
En el lugar de trabajo
En la comunidad
Identificar países, regiones, sectores y actividades con mayor riesgo de trabajo infantil y adoptar políticas y procedimientos acordes.
Cumplir con la legislación nacional sobre edad mínima de empleo y, cuando la legislación nacional sea insuficiente, aplicar las normas internacionales.
Implementar mecanismos verificables para comprobar la edad en los procesos de contratación.
Evitar políticas generales que prohíban la contratación de personas menores de 18 años, ya que podrían excluir injustamente a jóvenes con edad legal para trabajar.
Retirar a niñas y niños que se encuentren trabajando por debajo de la edad legal y proporcionar soluciones adecuadas.
Facilitar alternativas educativas y de apoyo a sus familias.
Influir activamente sobre subcontratistas, proveedores y empresas asociadas para prevenir el trabajo infantil.
Desarrollar mecanismos eficaces para la detección de trabajo infantil.
Garantizar salarios dignos que cubran las necesidades de las personas trabajadoras y sus familias, especialmente en contextos sin negociación colectiva o regulación salarial adecuada.
Colaborar con otras empresas, asociaciones sectoriales y organizaciones de personas empleadoras para adoptar un enfoque colectivo en la erradicación del trabajo infantil.
Establecer o participar en comités o grupos de trabajo sobre trabajo infantil en el marco de organizaciones empresariales, a nivel local, estatal o nacional.
Apoyar programas educativos, de formación profesional y de asesoramiento para niñas y niños en situación de trabajo infantil, así como acciones formativas para sus progenitores.
Impulsar iniciativas complementarias de salud y nutrición para menores que hayan sido retirados de trabajos peligrosos.
¿Qué herramientas tienen las empresas a su disposición para facilitar la contribución al Principio 5?
Programa acelerador Business and Human Rights
Grupo de aprendizaje de derechos humanos
EU Human Rights Peer Learning Group
Programa de capacitación: Proveedores Sostenibles
Herramienta Decent Work Toolkit
Herramienta mejoras salariales para avanzar hacia un trabajo digno en las cadenas de suministro
Herramienta Navigator: Plataforma de empresas y derechos humanos
Plataforma de buenas prácticas empresariales COMparte
Biblioteca de Derechos Humanos y Sostenibilidad Social
Normativas a nivel España y Unión Europea relacionadas con el Principio 5
En el Buscador de normativas de sostenibilidad de Pacto Mundial de la ONU España podrás encontrar las normativas sobre sostenibilidad empresarial relacionadas con los derechos humanos que pueden afectar a las diferentes tipologías de empresas.
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