14 de diciembre 2022 |

Información no financiera

Aprobada la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa. 6 claves para no perderse

El 28 de noviembre la Unión Europea dio un paso más en la adecuación de marcos que incentiven la sostenibilidad empresarial con la esperada aprobación de la Directiva de Informes sobre Sostenibilidad Corporativa (CSDR, por sus siglas en inglés). Una actualización que persigue equiparar la información sobre sostenibilidad a la información financiera como reflejos complementarios de la actividad empresarial, y que lleva meses generando expectativas entre los afectados ¡Consúltala ahora en nuestro buscador de normativas sobre sostenibilidad empresarial!

De esta manera y como ya indicamos, la forma de informar sobre cómo se hacen los negocios responderá a criterios estandarizados sostenibles en línea con el Pacto Verde Europeo, la Agenda de Finanzas Sostenibles y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU. Esta normativa deja patente el compromiso de la Unión Europea con el respeto de los derechos humanos y la reducción del impacto sobre el planeta.

Mucho se ha hablado ya de esta directiva entre los corrillos de la sostenibilidad. Pero ¿conoces los principales cambios? ¿Sabes cómo afectará a tu empresa o a otros grupos de interés? Si aún tienes dudas sobre la norma, te la desgranamos con seis respuestas.

  1. ¿Qué implicaciones tiene esta directiva para la sostenibilidad?
  2. ¿Cuándo entrará en vigor en España?
  3. ¿A qué empresas españolas afectará la nueva CSDR?
  4. ¿Qué antecedentes tiene la directiva?
  5. ¿Cuáles son las principales medidas?
  6. ¿Cómo afecta la directiva sobre información sobre sostenibilidad a las pymes?

1. ¿Qué implicaciones tiene esta directiva para la sostenibilidad corporativa?

Es la primera vez que a la información sobre sostenibilidad se le reconoce el mismo valor que la financiera.

Además, la directiva favorece  normasmedibles y comparables. Esto aumenta la fiabilidad que empresas financieras, inversores y personas pueden tener sobre las empresas y combate el lavado de imagen verde. El procedimiento hará que las empresas tengan que exponer de forma transparente su impacto medioambiental, social y de gobernanza. Además, impulsa normativas futuras, pues, por su parte, el Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera (EFRAG) deberá elaborar normas europeas, con el asesoramiento técnico de diversas agencias europeas.

2. ¿Cuándo entrará en vigor en España?

El Consejo aprobó el texto el 28 de noviembre y entrará en vigor a los 20 días tras su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Las reglas comenzarán a aplicarse a inicios de 2024 y España, al igual que el resto de los estados miembros de la Unión Europea, tiene 18 meses para aplicar las normas.

3. ¿A qué empresas españolas afectará la nueva CSDR?

 Depende del tipo de entidad en la que colabores, te afectará una de las siguientes fechas:

  • A partir del 1 de enero de 2024, las empresas de interés público con más de 500 empleados, sujetas ya a la anterior normativa NFRD, entregarán sus informes en 2025.
  • A partir del 1 de enero de 2025, las grandes empresas cotizadas o no con más de 250 empleados y/o facturación de 40 millones de euros y/o 20 millones en activos, entregarán sus informes en 2026.
  • A partir del 1 de enero de 2026, las pymes cotizadas, excepto microempresas, las entidades de crédito pequeñas y no complejas y las empresas de seguros cautivas entregarán sus informes en 2027, aunque podrán retrasarlo hasta 2028.

En 2029, deberán presentar el informe del ejercicio de 2028 las empresas de terceros países con al menos una filial o sucursal con domicilio social en la Unión Europea o con un volumen de negocios neto de más de 150 millones de euros en la comunidad europea.

4. ¿Qué antecedentes tiene la directiva?

En 2018, el Parlamento Europeo pidió una revisión de la normativa sobre información no financiera al considerarla insuficiente y poco fiable. Después del análisis, presentó sus recomendaciones sobre gobernanza corporativa sostenible en 2020. El martes 21 de abril de 2022, la Unión Europeo llegó a un acuerdo provisional sobre la Directiva sobre Informes de Sostenibilidad Empresarial (CSRD, por sus siglas en inglés) que quedó aprobado el pasado 28 de noviembre.

Esta modificación afectará a la Directiva 2013/34/UE, la Directiva 2004/109/CE, la Directiva 2006/43/CE y el Reglamento (UE) nº 537/2014, en lo que respecta a los informes de sostenibilidad de las empresas, y a la Ley 11/2018 de Información No Financiera y Diversidad en España.

5. ¿Cuáles son los principales cambios?

La disposición es una mejora en la transparencia de las memorias y eleva el rango de la información sobre sostenibilidad empresarial. Es la primera vez que la información en materia de sostenibilidad presume de la misma importancia que la financiera, permitiendo al público acceder a una comunicación homogénea. Se trata de un cambio de paradigma y un aliciente en el camino hacia una economía más sostenible.

Además, aumenta considerablemente la cifra de empresas afectadas, que pasará de las 11.700 actuales a 49.000, cuatro veces más. El mundo y la economía están cambiando y el texto se adapta a las nuevas necesidades del planeta: no solo a las finanzas les corresponde regir la economía mundial.

Te contamos cómo se materializan los cambios.

  • Se convierte en obligatorio contar con un proceso de certificación a través de una auditoría independiente de la información (garantía). Debido a la falta de normativa, el requisito de garantía será de forma temporal “limitado” hasta que se definan las normas de garantía de sostenibilidad”.
  • Se debe reportar información con un enfoque de doble materialidad (de impacto y financiera), incluir información sobre intangibles de acuerdo con el reglamento de Taxonomía de la Unión Europeo y el Reglamento de Finanzas Sostenibles (SFDR, por sus siglas en inglés) y añadir una prospectiva que incluya objetivos y progresos.
  • Los informes de las empresas incluirán información sobre sostenibilidad en el ámbito medioambiental (economía circular, uso de recursos y adaptación al cambio climático), social (medidas de igualdad, condiciones laborales o inclusión) y gobernanza (valores éticos, sistema de control y gestión de riesgos).
  • La información se reportará en base a las normas que elaborará el Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera (EFRAG).
  • Esta información se deberá incluir en los Informes de gestión de los Estados Financieros.
  • Se recomienda nombrar a esta memoria como “Información sobre sostenibilidad” y no de “información no financiera”.
  • La empresa deberá indicar cómo han identificado la información que comunican.
  • Se simplifica el proceso de notificación, con el deseo de establecer una “ventanilla única”. La comisión facilitará una plataforma digital de acceso a la información financiera y de sostenibilidad pública de las empresas en toda la Unión Europea (Punto de Acceso Único Europeo o PAUE). Se presentará en formato electrónico (XHTML).

6. ¿Cómo afecta la directiva sobre información de sostenibilidad a las pymes?

Si perteneces a una pyme que no cotiza en bolsa, tu organización no estará afectada por la directiva. Lo mismo ocurre con las microempresas. Solo las pymes que cotizan en mercados regulados deben seguir la directiva sobre sostenibilidad empresarial, aunque dispondrán de tres años para adaptarse. Un periodo que tiene como objetivo permitir la recuperación del impacto de pandemia y tener un mayor grado de maduración de las prácticas de garantía y sostenibilidad.

Si perteneces a una empresa filial con categorización de pymes, deberás publicar el informe de gestión de la empresa matriz haciendo referencia a que está exenta de presentar información sobre sostenibilidad. Exención que también aplica a empresas de terceros países que informan de acuerdo con los requisitos de la directiva o equivalente a las normas de la Unión Europea.

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