Sostenibilidad
Ómnibus: se aprueba la directiva de simplificación europea de manera definitiva
Tras un año marcado por la incertidumbre normativa, se ha alcanzado un acuerdo definitivo sobre la Directiva Ómnibus, el paquete normativo clave que simplifica las obligaciones sobre sostenibilidad empresarial y diligencia debida para las empresas de la Unión Europea.
La Directiva Ómnibus nace con un doble propósito: reducir cargas administrativas y favorecer un entorno regulatorio más claro y eficiente. De esta forma, esta legislación introduce cambios importantes que afectarán a la forma en la que se presentan los informes de sostenibilidad y a las obligaciones de diligencia debida que afecta a las empresas, redefiniendo quién reporta, qué debe reportarse y cómo se deberán gestionar los impactos en las cadenas de valor.
En este artículo, desvelamos cuáles han sido los principales cambios de la esperada Directiva Ómnibus.
Principales modificaciones de la Directiva Ómnibus
Ámbito de aplicación de la CSDR
Uno de los aspectos más destacados en la modificación del umbral para las empresas afectadas por la Directiva sobre Información Corporativo en Materia de Sostenibilidad (CSRD).
Con el acuerdo final, solo estarán obligadas a reportar aquellas empresas que:
- cuenten con más de 1.000 personas empleadas y
- tengan un volumen de negocios neto superior a 450 millones de euros.
Como adelantábamos, esto supone una reducción del 80-90% del número de empresas que bajo el texto actual deberían reportar para cumplir con la normativa, afectando a unas 8.500 empresas en toda la Unión Europea. Además, las pymes cotizadas serán excluidas del ámbito de la CSRD, aliviando la carga normativa sobre las pequeñas y medianas empresas.
Esta simplificación pretende concentrar el esfuerzo normativo en las grandes corporaciones, mientras que el ecosistema empresarial más pequeño puede centrar sus recursos en avanzar en sostenibilidad con mayor flexibilidad. Aunque más empresas quedan fuera del reporte obligatorio, la UE insiste en promover la voluntariedad y la utilidad estratégica del reporting, especialmente para asegurar acceso a financiación y cadenas de suministro responsables.
Enfoque de diligencia debida basado en riesgos
Se mantiene el enfoque de riesgos para la diligencia debida en la cadena de valor, pero ya no se exigirá un mapeo exhaustivo de la cadena de suministro, sino un ejercicio de alcance más general basado en la información disponible. Además, este enfoque se centra en las áreas de la cadena de actividades donde hay mayor probabilidad de impactos adversos reales o potenciales.
A través de estos puntos, se busca simplificar los requisitos de la información en materia de sostenibilidad reportada y diligencia debida. La eliminación de ciertas obligaciones busca marcar pasos decisivos hacia un entorno empresarial más ágil.
Planes de transición climática
Una de las decisiones clave ha sido suprimir la obligación de realizar el plan de transición climática con el objetivo de mitigar el cambio climática. Una medida que alivia significativamente la presión administrativa sobre las empresas que debían establecer estrategias para cumplir con los objetivos climáticos del Acuerdo de París.
Aunque desaparece la obligación formal, las empresas siguen llamadas a avanzar hacia modelos alineados con el Acuerdo de París, los Diez Principios del Pacto Mundial de la ONU y la Agenda 2030 para favorecer su competitividad.
Cláusula de revisión
En esta versión definitiva del Paquete Ómnibus se una cláusula de revisión ha sido introducida. Esta clausula permitirá una posible ampliación de los alcances tanto de la CSRD como la CS3D o CSDDD en el futuro. De esta forma, se garantiza que estas normativas puedan adaptarse a las necesidades cambiantes de sostenibilidad y la evolución de mercados.
Régimen y sanciones
Aunque no se ha establecido un régimen común a nivel de la Unión Europea, se ha establecido una cláusula de revisión para armonizarlo en el futuro. En lo referente a las sanciones, se ha acordado que las empresas que no cumplan con la normativa podrían enfrentarse a una multa de hasta el 3% de su volumen de negocios de neto mundial.
Un nuevo marco que abre la puerta a la transposición nacional
El texto final de la Directiva Ómnibus entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Los Estados miembros tendrán 12 meses para transponer la CSRD y hasta el 26 de julio de 2028 para la CS3D. Las empresas incluidas en los nuevos umbrales deberán adaptar sus sistemas de reporte e identificación de impactos y riesgos.
Desde el Pacto Mundial de la ONU, insistimos que simplificar no debe traducirse en retroceder y que la sostenibilidad es un valor competitivo de mercado. Así, también vemos esta Directiva Ómnibus como un avance hacia un marco más claro para actuar con coherencia.
Además, la demanda social y de mercado empujan a una mayor sostenibilidad empresarial: la ciudadanía exige ambición, los inversores piden transparencia y resultados con impacto positivo, las cadenas reclaman trazabilidad y la adaptación climática se ha convertido en prioridad
Por este motivo, desde el Pacto Mundial de la ONU España, acompañamos a las empresas en este proceso, ofreciendo formación, recursos y herramientas diseñadas para impulsar su competitividad y reforzar su contribución a la Agenda 2030.
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